¿Sabia Vd?....¨
El nuevo reglamento de protección
de datos de la UE amenaza con multas del 4% de la facturación a partir de junio
del 2018 si no se aplica la normativa.
Solo el 32% de las empresas españolas dispone actualmente de un plan específico
para afrontar de manera global el nuevo reglamento elaborado por la Unión Europea,
seis puntos por debajo de la media mundial, según recoge un informe de Compuware.
Queda todavía un año, pero las modificaciones e inversiones a realizar son relevantes.
Las auditorías y las contrataciones de responsables derivadas de la aplicación de
la ley ya están en marcha y abren incertidumbres.
Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps
Comentarios
Publicar un comentario
Gracias por su apreciable colaboracion, lo antes posible le contestaremos. El Grupo de Colaboradores de Estudio Juridico 4,S.L., Calle Luz Casanova,12,46009 Valencia. Tel 963689510 email: ej4@estudiojuridico4.es