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Ayudas 2017 EFICIENCIA ENERGÉTICA en la industria y en los edificios sector terciario. Comunitat Valenciana

¿Sabia Vd?....Ayudas 2017 eficiencia energética en la industria y en los edificios sector terciario. Comunitat Valenciana

Bases: Orden 9/2017 (DOCV 09-05-2017) corrección (DOCV 29-05-2017)
Convocatoria y extracto: RSL 17-05-2017 (DOCV 26-05-2017)

Plazo solicitudes: se iniciará el día 27-05-2017 y finalizará el 30-06-2017, a las 24.00 horas.

Las solicitudes y documentación anexa se presentarán ante el Registro Electrónico de la Generalitat.
Modelo normalizado disponible en la página web http://www.ivace.es.

Objeto: convocar las ayudas del IVACE en materia de ahorro y eficiencia energética en la industria y la edificación, incluido el fomento de los sistemas de gestión energética basados en la norma ISO 50001. Las actuaciones se encaminan a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medio ambiente.

Actuaciones apoyables

Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Industria:
·         IN12 Inversiones en medidas de ahorro de energía en la industria

Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Edificación:
·         ED32 Mejora eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes
·         ED33 Mejora eficiencia energética de instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes

Programa de Implantación de Sistemas de Gestión Energética
·         SGE1  Implantación de sistemas de gestión energética basados en la norma ISO 50001

Plazo para la realización: deberán acreditar la realización de la actuación objeto de subvención con fecha límite 31-05-2018 salvo que por circunstancias concurrentes se determine un plazo distinto en la resolución de concesión de la ayuda, debiéndose realizar dicha acreditación en la forma fijada en la notificación de la ayuda y en el manual de instrucciones de justificación de ayudas que será publicado en la página web http://www.ivace.es. En el caso de proyectos apoyados exclusivamente con fondos de la de la Generalitat, los beneficiarios deberán acreditar la realización de la actuación objeto de subvención con fecha límite el 27 de diciembre de 2017.


Actuación IN12. Inversiones en medidas de ahorro de energía en la industria

Objeto: facilitar la viabilidad económica de las inversiones en ahorro y eficiencia energética en los procesos industriales existentes en las empresas de la Comunitat Valenciana.

Beneficiarias: Empresas pertenecientes al sector industrial que tengan su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana. Aquellas empresas no pertenecientes al sector industrial, podrán ser beneficiarias de las ayudas, siempre y cuando el proyecto que vayan a ejecutar sea asimilable a un proceso industrial.

Actuaciones apoyables: las actuaciones energéticas que podrán ser objeto de ayuda serán aquellas que produzcan un ahorro de energía cuantificable y que se justifiquen documentalmente. Con carácter orientativo, se consideran de este carácter las siguientes:

-       Sustitución de equipos e instalaciones consumidoras de energía por equipos e instalaciones que utilicen tecnologías de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible, con objeto de reducir el consumo energético y las emisiones de CO2. Serán apoyables tanto la sustitución de equipos de proceso como la de los equipos auxiliares consumidores de energía (calderas, compresores, quemadores, motores eléctricos, etc.)
-       Recuperación de calores residuales.
-        Mejora del rendimiento de los equipos existentes: variadores de frecuencia en motores, incorporación de motores de alta eficiencia energética en equipos, etc.
-       Implantación de sistemas de medida de consumos y control, siempre y cuando estos sistemas permitan controlar automáticamente los procesos optimizándolos energéticamente.
-       Proyectos de mejora energética de iluminación en fábricas de producción, almacenes y cualquier otro tipo de edificio que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE). Los proyectos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del CTE, por ejemplo, edificios de oficinas en plantas industriales, deberán presentarse dentro de la actuación ED33 del programa de ahorro y eficiencia energética en la edificación.
-       Proyectos de mejora energética de los sistemas de climatización en fábricas de producción, almacenes y cualquier otro tipo de edificio que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE). En este caso, los nuevos equipos han de ser de alta eficiencia energética, para lo cual han de cumplir los requisitos establecidos en el apartado b de la actuación ED32. Los proyectos de mejora de las instalaciones térmicas en edificios existentes que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE), por ejemplo, edificios de oficinas en plantas industriales, deberán presentarse dentro de la actuación ED32 del programa de ahorro y eficiencia energética en la edificación.

En cualquier caso, los equipos adquiridos deberán ser nuevos.

Cuantía máxima: será del 30 % del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un máximo de 200.000 € por proyecto.

Actuación ED32. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes.

Objeto: Reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas existentes de los edificios (calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria) de uso terciario.

Beneficiarios: Empresas o entidades de naturaleza pública o privada, propietarias o arrendatarias de edificios del sector terciario ubicados en la Comunitat Valenciana.

Actuaciones apoyables: mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y producción de agua caliente sanitaria que se renueven, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.

Las actuaciones objeto de ayuda deberán tener una reducción mínima del 20 % del consumo energético respecto la situación inicial, excepto en el caso de la implantación de sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones en el que el ahorro energético mínimo ha de ser del 10 % sobre la situación inicial. El cálculo del ahorro energético se realizará mediante la comparación del consumo energético de la instalación térmica objeto en la situación actual y en la situación mejorada que se pretende alcanzar tras la reforma.

No serán objeto de subvención, los proyectos en los que se reformen las instalaciones térmicas de procesos industriales, talleres u otros edificios en los que no sea de aplicación el documento HE2– Rendimiento de las instalaciones térmicas del Código Técnico de la Edificación.

No serán subvencionables aquellos proyectos que cumplan estrictamente los valores de rendimiento o niveles de eficiencia energética exigidos por la reglamentación que les sea de aplicación, por no suponer una mejora respecto a los niveles mínimos que deben cumplir obligatoriamente.

Cuantía máxima: será del 30 % del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un máximo de 200.000 € por proyecto.

Actuación ED33. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes.

Objeto: Reducir el consumo de energía de las instalaciones de iluminación interior existentes en los edificios de uso terciario.

Beneficiarios: Empresas o entidades de naturaleza pública o privada, propietarias o arrendatarias de edificios del sector terciario ubicados en la Comunitat Valenciana.

Actuaciones apoyables: Esta medida pretende mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior que se renueven. Las actuaciones objeto de ayuda deberán tener una reducción mínima del 30 % del consumo energético respecto la situación inicial, excepto en el caso de la implantación de sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones en el que el ahorro energético exigido habrá de ser como mínimo del 10 % sobre la situación inicial. El cálculo del ahorro energético se realizará mediante la comparación del consumo energético de la instalación de iluminación interior objeto en la situación actual y en la situación mejorada que se pretende alcanzar tras la reforma.

Las actuaciones energéticas podrán ser, con carácter orientativo las siguientes:

-       Luminarias, lámparas y equipo: sustitución del conjunto por otro con luminarias de mayor rendimiento, lámparas de mayor eficiencia y reactancias electrónicas regulables, cumpliendo con los requerimientos de calidad y confort visual reglamentados.
-       Sistemas auxiliares para el control de encendido y regulación de nivel de iluminación: incluirán aquellos sistemas de control por presencia y regulación de nivel de iluminación según el aporte de luz natural. En el caso de que este sistema de control y regulación actúe también sobre las instalaciones térmicas, se podrá solicitar conjuntamente la ayuda bajo la actuación ED32 o ED33.
-       Iluminación en expositores, carteles, escaparates y rótulos luminosos publicitarios: sustitución de los sistemas de iluminación actuales por otros de alta eficiencia energética.
-       Reformas de iluminación deportiva en espacios abiertos o cerrados.

Cuantía máxima: será del 25 % del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un máximo de 50.000 euros por proyecto.


Actuación SGE1. Implantación sistemas gestión energética basados en la norma ISO 50001.

Objeto: Favorecer el acceso de las empresas y entidades de la Comunitat Valenciana al conocimiento del consumo energético de su empresa y a las posibilidades de ahorro mediante la realización de auditorías energéticas, y a la implantación de sistemas de mejora continua en el uso de la energía mediante la implantación de un sistema de gestión energética según la norma ISO 50001.

Beneficiarios: Empresas o entidades de naturaleza privada.

Actuaciones apoyables: incluyen una auditoría energética inicial, la inversión en un sistema de gestión energética (monitorización y control de las instalaciones) y el proceso de certificación en la norma ISO.

No serán apoyables las actuaciones en las que no se incluya como parte de la inversión el sistema de monitorización y control de las variables energéticas que han de suponer como mínimo el 40 % de la inversión total.  Asimismo, no serán apoyables las actuaciones que no conduzcan finalmente a su certificación en la ISO 50001.

Cuantía máxima: será del 30 % del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un máximo de 20.000 € por proyecto

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