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Ayudas a los planes de internacionalización de las pymes

¿Sabia Vd?....Ayudas a los planes de internacionalización de las pymes  Comunidad Valenciana - RESUMEN


Bases: ORDEN 20/2016 (DOCV 25-10-2016) Extracto y convocatoria: Rsl 18-04-2017 (DOCV 04-05-17)

Plazo solicitudes 2017: si iniciará a partir del día 05-05-2017 y finaliza el 16-06-2017.

Solicitudes: por vía telemática de acuerdo al modelo normalizado disponible en la página web.

Se presentará un único proyecto por empresa. Los proyectos objeto de subvención deberán ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.

Objeto: subvenciones y ayudas a proyectos que abarquen el ámbito de la internacionalización empresarial, a través de acciones dirigidas a impulsar la internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana, con el fin de mejorar su posicionamiento en mercados exteriores y facilitar el acceso a los mercados internacionales de sus productos y servicios mediante el apoyo a las acciones incluidas en sus planes de internacionalización.

 

Beneficiarios: las PYME, con sede social en la Comunitat Valenciana que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2.  Ley 38/2003, y que cumplan con el resto de requisitos establecidos en el art. 4 de la Orden 20/2016.

No podrán obtener la condición de beneficiarias:
a) Las comunidades de bienes y otras agrupaciones carentes de personalidad jurídica, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.
c) Las empresas que operan en los sectores de la pesca y la acuicultura regulados por el Reglamento (CE) núm. 104/2000 del Consejo (DO L17, de 21.01.2000, p.22), y las dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (UE) núm. 1407/2013 a las ayudas de minimis para las empresas que operan en más de un sector.

Quedan excluidas de la presente convocatoria las pymes que desarrollen actividades encuadradas en las secciones K y L de CNAE 2009, aprobada por Real decreto 475/2007.

Actuaciones apoyables. Requisitos generales de los proyectos:

1. El IVACE subvencionará los proyectos de internacionalización concretados en la memoria presentada por las pymes solicitantes.

2. Serán apoyables únicamente aquellos proyectos cuyo coste subvencionable debidamente justificado sea superior a 5.000 euros, siendo el límite máximo de 100.000 euros. Las actuaciones apoyables serán todas aquellas en los que incurran las empresas beneficiarias para la contratación de servicios avanzados necesarios para la ejecución de sus planes de internacionalización,  con exclusión de las actuaciones previstas en la RSL de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se convoquen las ayudas de apoyo a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2017 si el objeto para el que se conceden aquellas es idéntico al de las previstas en la presente convocatoria, así como de las derivadas de la participación en los pabellones oficiales organizados por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX), o las participaciones agrupadas que cuenten con algún tipo de apoyo del ICEX durante el ejercicio 2017.

3. La ejecución de los proyectos no deberá vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas con diversidad funcional. Asimismo deberá ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la conservación, protección y mejora del medio ambiente y contar con un certificado que declare la no afección del proyecto a la denominada Red Natura, espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la UE.

Costes subvencionables

1.     Servicios de alquiler de espacio de las ferias internacionales que se celebren fuera del Estado español, excluidas las contempladas en la Resolución de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de convocatoria de ayudas de apoyo a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2017, así como la participación en los pabellones oficiales organizados por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX), o las participaciones agrupadas que cuenten con algún tipo de apoyo del ICEX durante el ejercicio 2017.
2.     Servicios relacionados directamente con la ejecución del plan de marketing internacional, en concreto:

a) publicidad en medios extranjeros.
b) publicidad o inscripción en portales o directorios on-line y mercados electrónicos internacionales, siempre que esté vinculada con los mercados exteriores objetivo del plan de internacionalización. Se considerarán gastos elegibles: coste CPC (coste por clic) de la publicidad SEM internacional (Google AdWords, Yandex Direct, Baidu, etc.), coste CPC (coste por clic) de la publicidad en redes sociales: Facebook ADS, Linkedin ADS, Twitter ADS, Pinterest ADS, coste CPC o CPM de rich media (banners, etc.) en portales internacionales, coste subscripciones a directorios internacionales.
c) comunicación on-line y off-line relacionada con el desarrollo de campañas de comunicación internacionales, hasta un importe máximo de 6.000 euros. Se considerarán gastos elegibles de agencias de comunicación relacionadas con campañas desarrolladas en destino o campañas web relacionadas con la gestión de contenidos en diferentes idiomas para esos mercados destinados a redes sociales o medios de comunicación on-line, campañas de email marketing, optimización SEO para otros países, y creación y gestión de perfiles sociales para otros mercados.

3. Servicios relacionados con el proceso de nuevos registros de marca en países fuera de la UE. No se consideran elegibles las tasas, así como las renovaciones o servicios de vigilancia.

4. Servicios relacionados con el proceso de certificación y registro de productos necesarios para la comercialización de los productos en los países fuera de la UE. No se consideran elegibles las tasas.

5. Servicios relacionados con la creación de la página web, así como la adaptación correspondiente a los mercados internacionales, y servicios relacionados con la elaboración de material promocional, catálogos, folletos y cartelería diversa. Quedan excluidos los servicios realizados por personal propio de la empresa para estos conceptos así como las muestras. El importe máximo de estos servicios (página web y material promocional) será de 10.000 euros.

6. Gastos de personal: salario neto del personal técnico en comercio exterior contratado en el año 2017 para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa, siempre que el salario anual sea de un mínimo de 18.000 euros y la duración mínima del contrato de 12 meses; se aceptará un máximo de gastos por este concepto de dos contratos por empresa beneficiaria. Para las empresas de industrias creativas y culturales se admitirán también los gastos de un profesional o empresa externa contratada al efecto. Únicamente serán subvencionables los gastos indicados en este apartado si la empresa realiza acciones de promoción en mercados exteriores que pueda justificar. El personal deberá estar empleado en la sede de la Comunitat Valenciana de la empresa beneficiaria.

7. Servicios relacionados con compra de pliegos de licitaciones en mercados exteriores que correspondan al ejercicio 2017, así como su traducción si así fuera necesaria.

8. Gastos de alojamiento y desplazamiento a los mercados internacionales incluidos en el plan de promoción internacional detallado en la memoria, siendo el importe máximo subvencionable de 10.000 €.

9. Otros Servicios directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción.

10. No se considerarán subvencionables:
– Los servicios para el establecimiento y explotación de redes de distribución en el extranjero
– Los gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora de la empresa
– Los gastos de transporte
– Los gastos de consultoría relacionados con la comercialización, contratos de agente o actuaciones similares
– En general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por finalidad directa la consecución de los objetivos del programa, siendo en todo caso el criterio del IVACE el que prevalecerá en caso de controversia.

11. Los costes asociados a los proyectos subvencionados por la presente convocatoria no podrán recibir simultáneamente ayudas de otras convocatorias procedentes de esta u otra Administración.

Características de la ayuda


1. Las ayudas que se establecen se concederán bajo la forma de subvención.

2. La ayuda podrá alcanzar hasta el 60% de los costes subvencionables, si bien el porcentaje concreto dependerá del número de solicitudes presentadas, y ello sin perjuicio de que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no podrá ser superior a 200.000 € durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. 

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