Nueva prórroga de la ayuda de 400/450 euros a parados de larga duración (Plan PREPARA): hasta el 15 de agosto 2017
¿Sabia Vd?....
El plan PREPARA
vuelve a prorrogarse durante seis meses. Es decir, al menos seguirá vigente
hasta el 15 de agosto de 2017. Este plan que se puso en marcha a comienzos de
2011, y está destinado a los parados de larga duración sin ingresos, que pueden
recibir entre 400 y 450 euros, en función de sus obligaciones familiares. Para
poder tener acceso a él, es necesario haber estado inscrito como demandante de
empleo en una oficina pública en 12 de los últimos 18 meses y no tener rentas
superiores a una cantidad equivalente al 75% del salario mínimo
interprofesional.
En
el BOE del día 16 de febrero de 2016, se ha publicado la Resolución de 1 de febrero de 2017,, del
Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se prorroga la vigencia de la
Resolución de 1 de agosto de 2013 (modificada por la de 30 de julio de 2014),
por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de
tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el programa
de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por
desempleo prorrogado por el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, que
establece la prórroga automática de la vigencia de dicho programa, por periodos
sucesivos de 6 meses, siempre que la tasa de desempleo sea superior al 18%
según la última Encuesta de Población Activa (EPA) publicada con anterioridad a
la fecha de la prórroga.
En el cuarto trimestre de 2016 esa tasa ha sido del
18,63 %.
Dicho
programa es de aplicación a las personas desempleadas por extinción de su
relación laboral e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de
Empleo que, dentro del período comprendido entre
los días 16 de febrero y 15 de agosto de 2017, ambos inclusive, agoten la
prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera
de los subsidios por desempleo establecidos, o bien hayan agotado alguno de
estos subsidios, incluidas sus prórrogas, y reúnan el resto de los requisitos
establecidos en el Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, por el que se
prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten
su protección por desempleo.
¿En
qué consiste esta ayuda?
Se
concede una subvención de 2.400 o
2.700 euros por parado, que se cobra en 6 pagas de 400 o 450 euros mensuales,
con el compromiso de recibir formación para poder optar a otras salidas
laborales.
¿Quién
puede solicitar el nuevo Plan Prepara?
Podrán solicitarlo
aquellos desempleados que agoten
sus prestaciones y subsidios y cumplan estos requisitos:
En primer lugar, cumplir una de estas dos
condiciones:
- O bien ser parado de larga duración, inscrito como demandante de
empleo al menos doce de los últimos dieciocho meses.
- O bien tener
responsabilidades familiares (tener a uno o varios miembros de tu familia
que dependan del solicitante y que la familia tenga en su conjunto unos
ingresos muy bajos).
Y cumplir además el resto de requisitos:
- Haber agotado
una prestación o subsidio por desempleo y pedir esta ayuda antes de que
hayan pasado dos meses desde esa fecha.
- No tener
derecho a prorrogar la prestación ni el subsidio, ni
a beneficiarse de ningún otra ayuda por desempleo. El Prepara es la última
de las ayudas posibles.
- No haber
cobrado con anterioridad ninguna prestación de este tipo,
como por ejemplo, el PRODI (“la ayuda de los 426 euros”), el anterior plan
Prepara, la Renta Agraria, o la Renta Activa de Inserción (RAI).
- Tener
carencia de rentas, de modo que no superen el 75% del
Salario Mínimo Interprofesional.
Aunque el solicitante carezca de rentas, si convive con sus padres, cónyuge o
hijos menores de 26 años o mayores discapacitados, o menores
acogidos, habrá que sumar las
rentas de todos y dividirlas entre el número de miembros de la unidad
familiar y que el resultado no supere los 483,98 euros
mensuales por miembro.
- Se deberá firmar un acuerdo con el orientador laboral de los servicios
públicos de empleo, comprometiéndose a participar en un Itinerario
Personalizado de Inserción (IPI). El orientador es quien valida la
formación y asistencia a los cursos y el enlace entre la administración y
el desempleado.
- Se exige que el solicitante acredite haber buscado activamente
trabajo durante al menos 30 días desde la pérdida de otras
prestaciones durante el plazo de solicitud, con el objetivo de reforzar el
seguimiento del compromiso de actividad. Esta obligación se mantiene
durante todo el programa.
Plazo
de presentación. Hay un máximo de 2 meses que
empiezan a contar a partir de la fecha en que se agota la prestación por
desempleo. Es importante este plazo, pues si se supera, se pierde el derecho a
la ayuda. En la nueva regulación se exige que durante esos dos meses el solicitante
busque activamente empleo durante al menos 30 días.
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