¿Sabia Vd?....¨
Empleo ultima la orden ministerial
que congelará, de forma temporal, la cotización mínima de los autónomos; subirá un 8% las de los societarios
y un 3% las bases máximas. es de el Gobierno
han decidido congelarlas a la espera, previsiblemente, de una subida de las bases
mínimas de cotización de los autónomos en los próximos presupuestos del Estado que
podría estar entre el 2% y el 3%, según fuentes consultadas. No obstante, no todos
los trabajadores por cuenta propia podrán beneficiarse de esta congelación transitoria,
hasta que se aprueben las nuevas cuentas, ya que la orden ministerial sí recoge
la subida del 8% de las bases mínimas de cotización de los autónomos societarios,
que suben lo mismo que la base mínima del Régimen General que se fija en función
del salario mínimo interprofesional. Así el incremento del 8% del salario mínimo
es aplicable también, desde el 1 de enero pasado, a cerca de un millón de autónomos
societarios, que son un tercio de los tres millones que forman en total el colectivo
de trabajadores por cuenta propia.
Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps
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