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Mostrando entradas de enero, 2016

DERECHO A LA INDEMNIDAD EN DESPIDOS OBJETIVOS SEGÚN EL CONSTITUCIONAL

Sabia Vd.... Una importante sentencia sobre la garantía de indemnidad El pasado 10 de Septiembre el Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado una importante sentencia en materia de garantía de indemnidad que viene a clarificar la doctrina constitucional sobre el particular, delimitando cuidadosamente su alcance. Se trata de una sentencia que resuelve un recurso de amparo pero que ha sido resuelta en Pleno, lo que da a su doctrina particular autoridad. Esto significa que del recurso en cuestión conoció en primera instancia la Sala II del Tribunal, pero que no habiendo llegado a un acuerdo o considerando el asunto de especial relevancia, decidió avocarlo al Pleno, que es quien ahora lo decide. Los hechos del caso pueden, sintéticamente, resumirse así. La trabajadora recurrente, que trabajaba para una Asociación desde el año 2008, recibió el 6 de Octubre del 2011 una comunicación de su empresa en la que ésta le comunicó que, con efectos desde el día de la fecha, se p
Sabia Vd.... Recuerde que la Declaración informativa anual sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720)  ha de presentarse frente a la Agencia Tributaria entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2016 Estimado/a cliente/a: Le recordamos que las personas y entidades residentes en España en 2015 que tengan o hayan tenido algún tipo de vinculación con bienes y derechos situados fuera de España tienen nuevamente una cita muy importante con la Hacienda española. Desde el 1 enero hasta el 31 marzo 2016 debe presentarse el modelo 720 correspondiente al ejercicio 2015 (“Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero”), debiendo tener presente que en caso de incumplimiento las sanciones y consecuencias pueden ser muy graves. Este modelo deberá presentarse por vía telemática (Internet), sin que sea posible la presentación en papel. Para aquellos que presentaron el Modelo 720 anteriormente, sólo será obligatoria la presentación cuando cualquiera de

Nuevo baremo de daños y perjuicios causados en accidentes de circulación desde enero de 2016

Sabia Vd.... Nuevo baremo de daños y perjuicios causados en accidentes de circulación desde enero de 2016 El pasado 1 de enero de 2016 ha entrado en vigor la Ley 35/2015 de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Entre las novedades, destacan que se incrementan las indemnizaciones, serán las aseguradoras quienes se ocupen de los tratamientos de la víctima de un accidente de por vida y que si las amas de casa  sufren un accidente, sus familiares recibirán una compensación equivalente al de una personas que recibe el salario mínimo interprofesional. Le recordamos que el perjudicado dispone, de varias alternativas para reclamar la indemnización que le corresponde por las lesiones producidas para lo cual cuenta con nuestro asesoramiento. Estimado/a cliente/a: El pasado 1 de enero de 2016 ha entrado en vigor la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y pe

¿Cuándo y cómo puede pedir el trabajador la reducción de jornada por guarda legal?

Sabia Vd.... ¿Cuándo y cómo puede pedir el trabajador la reducción de jornada por guarda legal? Si alguno de sus empleados tiene un hijo menor de 12 años, puede solicitar una reducción de su jornada diaria de entre un octavo y la mitad con la disminución proporcional de salario. Asimismo, gozan del mismo derecho quienes tengan a su cuidado a un discapacitado o a un familiar hasta el segundo grado que, por su edad o por culpa de un accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo, y siempre que en ambos casos la persona cuidada no trabaje. La reducción hay que pedirla por escrito con una antelación mínima de 15 días, y se tiene que preavisar el final de la misma también con 15 días, aunque también por Convenio pueden establecerse otros plazos. Estimado/a cliente/a: En la actualidad es bastante habitual solicitar una reducción de jornada con la finalidad de  poder conciliar la vida familiar y laboral, o al menos, intentarlo. Para ello la legislación laboral, y de Segurida

Cuestiones censales en relación con la modificación en la tributación de las sociedades civiles con objeto mercantil

Sabia Vd.... Nota importante: Cuestiones censales en relación con la modificación en la tributación de las sociedades civiles con objeto mercantil Las sociedades civiles que el 1 de julio no hayan presentado un modelo de declaración censal como entidades con objeto mercantil o no -Modelo 036- serán objeto de un procedimiento de comprobación sobre su estructura societaria. La Dirección General de Recaudación de la Agencia Tributaria ha publicado nuevas Instrucciones en la que avanza que las sociedades civiles profesionales constituidas al amparo de la Ley 2/2007 que no se ajusten a las nuevas exigencias presentarán un Modelo 036 modificando los datos identificativos y haciendo constar en su forma jurídica, que es una sociedad civil profesional. En el caso de las sociedades ya constituidas, Hacienda reasignará el colectivo de sociedades civiles con las que tengan objeto mercantil, las que no lo tengan y las profesionales, y se emitirá una carta informativa en la que se informará de

Gestión eficiente de los gastos de viaje, obligará a remitir vía telemática todas las facturas Agencia Tributaria

Sabia Vd.... Gestión eficiente de los gastos de viaje. El reciente anuncio por parte de la Agencia Tributaria de la puesta en marcha del modelo SII (Suministro Inmediato de Información), que obligará a remitir vía telemática todas las facturas recibidas en un periodo de cuatro días hábiles, va a representar un reto administrativo muy importante para las compañías que no automaticen estos procesos. Sin duda, los más complejos de procesar van a ser los relacionados con los gastos de viaje (Travel &Expenses.), ya que se generan muchas veces de forma aleatoria e imprevisible, con proveedores que a menudo no están certificados, y su origen está distribuido por toda la organización. Aquellas compañías que no se preparen adecuadamente para el cambio, que entrará en vigor de aquí a un año, el 1 de enero de 2017, incurrirán en un aumento de gastos administrativos, pérdidas en las compensaciones de IVA y falta de control sobre todo el proceso. ¿Cómo podemos entonces prepararnos para