¿Sabia Vd?....¨
Las empresas pueden vigilar
a sus empleados con cámaras sin advertirles de que están siendo grabados. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo (TS) en una
sentencia. La empresa detectó la desaparición de material empleado en producción
que se encontraba almacenado en el centro de trabajo. Ante esta situación, decidió
establecer un sistema de videovigilancia en sus instalaciones, que fue inscrito
en la Agencia Española de Protección de Datos con un fichero con el nombre de "Videovigilancia"
y con la descripción "grabación de imágenes para seguridad". La empresa
comunicó al comité la instalación de cámaras en diversos lugares visibles de los
almacenes, rogándole que no lo trasladara a la plantilla con el objeto de velar
por el resultado de la vigilancia. La sentencia apunta que, a pesar de que no se
comunicó a los empleados que se les grababa, en el juicio se evidenció que tenían
conocimiento del hecho.
Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps
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