Sabia Vd....¨ El absentismo laboral se ha disparado
en lo que va de año y ha superado los niveles previos a la crisis, una situación que conlleva un coste directo de unos 8.000 millones
de euros a las empresas españolas, según datos de la mutua Asepeyo. Las bajas por
contingencia común aumentaron hasta septiembre un 10,6 % interanual, con cerca de
376.000 casos de incapacidad temporal por accidente o enfermedad no profesional,
generando un déficit entre los gastos y los ingresos procedentes de las cuotas para
cubrir estas eventualidades. De acuerdo con los datos, sólo el 17,49 % de los trabajadores
se cogen alguna baja por contingencia común a lo largo del año, si bien hay un 5,59
% que reincide con más de tres procesos anuales, acaparando el 15,79 % de las bajas.
Pese a que las empresas reconocen que se trata de un problema importante, más de
la mitad ni siquiera tiene definido qué es absentismo.
Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps
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