Ir al contenido principal
Sabia Vd....
El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de dicho representante, a bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad.  El incumplimiento de esta obligación se considera falta grave en materia laboral, y en su caso, la nulidad del finiquito firmado.

Como ya sabrá, tanto si un trabajador ha sido despedido, se le ha acabado el contrato o presenta una baja voluntaria, tiene derecho a recibir el finiquito.

Pues bien, una cuestión que no debe pasar por alto es que el trabajador a la hora de entregar el finiquito le puede exigir la presencia del representante de los trabajadores.

¿Es exigible la presencia de un representante de los trabajadores en el momento de la firma del finiquito?

 Sí, es un derecho del trabajador que firma el finiquito, no obstante al ser un derecho potestativo puede renunciar a hacer uso de tal posibilidad sin que tal renuncia afecte a la validez del finiquito. Pero cuando la presencia de un representante de los trabajadores sea reclamada por el trabajador y la ausencia sea debida a un incumplimiento empresarial, determinará la nulidad del finiquito firmado, no obstante, deberá acreditarse por el trabajador éste incumplimiento empresarial, inexistente cuando no exista representación legal de los trabajadores en la empresa o su ausencia sea imputable a la propia representación legal.

Firma del finiquito en presencia del representante

De acuerdo con el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, cuando la empresa le dé al trabajador el finiquito, este puede pedir que esté presente un representante de los trabajadores para que le asesore. En caso de ser así, tendrá que indicarse en el finiquito la presencia del representante legal. Si la empresa no deja que esté presente el representante de los trabajadores, el trabajador tendrá que dejar constancia en el finiquito.
Por tanto, si el trabajador solicita la presencia de un representante legal el empresario no puede negarlo o impedirlo.

Infracción grave

El incumplimiento de esta obligación se considera falta grave en materia laboral.

Si se niega la presencia del representante y el trabajador  lo denuncia, puede recibir una multa de entre 626 y 6.250 euros por la comisión de una infracción grave, de acuerdo con la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Además, el trabajador podrá reclamar la nulidad del finiquito, en cuyo caso perderá sus efectos liberatorios.

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿PIERDO LA ANTIGUEDAD SI FIRMO UNA BAJA VOLUNTARIA Y FIRMO UN CONTRATO NUEVO INDEFINIDO?

Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps

Principales novedades fiscales para 2023

¿Sabia Vd?.... Principales novedades fiscales para 2023 Para el ejercicio 2023 nos vamos a encontrar con una "batería" de novedades fiscales de cierto calado, que vienen incorporadas sobre todo en la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2023. Junto con esta Ley se han aprobado otras normas importantes con diferentes medidas tributarias novedosas, como el Impuesto de solidaridad de las grandes fortunas, la tributación de los plásticos y sobre depósitos de residuos, la nueva fiscalidad de las llamadas empresas emergentes ("Startups") y los impuestos sobre las energéticas y entidades financieras. Además, también se ha aprobado medidas tributarias introducidas por el Real Decreto-Ley 20/2022, de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania. Podríamos resumir las principales novedades fiscales 2023 en estos apartados: Fiscalidad de personas físicas y grandes patrimonios Nuevo gravamen especial para las grandes fortunas durante 2022 y 20
¿Sabia Vd?.... Se ha publicado en el DOGV la  RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2023, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se publica la línea presupuestaria para la financiación de las subvenciones del Programa Eurodisea para el ejercicio 2023, así como su primera convocatoria anual  (DOGV núm. 9553, 14/03/2023).   Esta convocatoria está destinada a empresas y entidades de la Comunitat Valenciana y tiene por objeto la realización de convenios de prácticas profesionales adecuadas al nivel de estudios con los participantes extranjeros del programa “Eurodisea”, de entre 18 y 30 años, que hayan resultado seleccionados.   Las entidades interesadas deberán poseer su centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, tener al menos dos personas empleadas, y designar un supervisor que instruya, supervise y apoye técnicamente a la persona joven en el desarrollo de la práctica.   Características de las prácticas Duración máxima de 6 meses. La fecha de comienzo del periodo de prácti