Sabia Vd....¨ Cuando la generación de los 90
se retire, su pensión ya no alcanzará ni siquiera la mitad de su último sueldo. Según las previsiones de la OCDE, el porcentaje que cobra el
jubilado español sobre su último salario cotizado (la tasa de sustitución, que no
tiene en cuenta el resto de la vida laboral), se desplomará hasta el 49,7% en 2060.
La escasez de ahorro para la jubilación se refleja en un dato: en los países de
la OCDE, el patrimonio en fondos de pensiones supone, de media, el 34% de su PIB,
mientras que en España solo es el 9%, cuatro veces menos. En nuestro país, además,
solo el 21% de los partícipes tienen menos de 40 años. Los expertos tampoco se olvidan
de que la prometida carta que el Gobierno iba a mandar para informar sobre la futura
pensión pública ha quedado en el olvido. Además, "el simulador de la pensión
de jubilación que la Seguridad Social ha colgado en su web obvia la reforma profunda
que se deberá abordar en los próximos años, ya que no tiene en cuenta el efecto
de la inflación una vez que has cobrado la prestación".
Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps
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