Sabia Vd....¨ La limitación en el tiempo de
los efectos de la nulidad de las cláusulas «suelo», incluidas en los contratos de
préstamo hipotecario en España, es compatible con el Derecho de la Unión, según las conclusiones del Abogado General del TJUE. Las conclusiones
no vinculan al Tribunal de Justicia, pero se siguen en la mayoría de los casos.
El Abogado General reconoce que, en el momento en que se pronuncia acerca de los
efectos en el tiempo de su resolución, un órgano jurisdiccional supremo puede ponderar
la protección de los consumidores con las repercusiones macroeconómicas asociadas
a la amplitud con que se utilizaron las cláusulas «suelo». En este contexto, el
Abogado General considera que, a título de excepción, las mencionadas repercusiones
pueden justificar la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de una
cláusula abusiva, sin que se rompa el equilibrio en la relación existente entre
el consumidor y el profesional.
Sabia Vd. Si despide a un empleado que antes de ser indefinido tuvo varios contratos temporales, ¿qué antigüedad deberá computar para calcular su indemnización? Indemnización. Su empresa va a efectuar un despido por causas objetivas. Dado que sabe que si se equivoca a la hora de calcular la indemnización el despido será declarado improcedente, le interesa conocer cuál es la forma correcta de calcularla si el trabajador despedido ha tenido varios contratos encadenados en su empresa. Encadenamiento. En general, si entre el último contrato temporal y el indefinido pasaron más de 20 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni festivos), para calcular la indemnización sólo deberá computar como antigüedad la duración del último contrato. ¡Atención! Sin embargo: Si ha pasado un plazo inferior, la indemnización se calculará atendiendo al inicio del contrato temporal. Asimismo, deberá computar como antigüedad la fecha del primer contrato si el laps
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