Sabia Vd....
Tesorería. Algunas empresas que no conocían este requisito dieron de alta a sus trabajadores por Sistema RED sin indicar su condición de desempleados (ya que no lo estaban). Y aunque pese a ello el sistema les permitió aplicar las bonificaciones en sus liquidaciones sin recibir ningún mensaje de error, ahora Tesorería les está reclamando la devolución de éstas y un recargo del 20%. Apunte. Pues bien, si éste es su caso, aunque deberá devolver el principal, podrá oponerse al recargo:
CONTRATOS DE TRABAJO
Que se inscriba en el paro
Si va a firmar un contrato en prácticas y quiere bonificarse las cotizaciones, diga a su candidato que se inscriba como demandante de empleo...
Bonificación. Si contrata a un titulado universitario o de formación profesional mediante un contrato en prácticas, podrá aplicar las siguientes bonificaciones a la Seguridad Social: - Si su empleado es menor de 30 años (o de 35 si tiene discapacidad mínima del 33%), podrá aplicar una reducción del 50% en la cuota empresarial por contingencias comunes durante todo el contrato. Apunte. Si además se trata de un trabajador que ya estaba realizando prácticas no laborales en su empresa, la bonificación será del 75% .
- Si el contratado está inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil , la bonificación indicada será del 100% (se incrementa un 50% en el primer caso, o un 25% en el segundo).
Tesorería. Algunas empresas que no conocían este requisito dieron de alta a sus trabajadores por Sistema RED sin indicar su condición de desempleados (ya que no lo estaban). Y aunque pese a ello el sistema les permitió aplicar las bonificaciones en sus liquidaciones sin recibir ningún mensaje de error, ahora Tesorería les está reclamando la devolución de éstas y un recargo del 20%. Apunte. Pues bien, si éste es su caso, aunque deberá devolver el principal, podrá oponerse al recargo:
- Si ya está incluido en el sistema de liquidación directa y la bonificación ya viene aplicada en sus TC (está pasando en algunas empresas), alegue que la propia Tesorería está incurriendo en este error, y que no puede aplicarle un recargo si no hay dolo o culpa por su parte.
- Si es su empresa quien todavía liquida los TC, lo tendrá algo más difícil (ya que es usted quien cada mes informa la bonificación). Apunte. Pero el no recibir ningún mensaje de error al enviar las cotizaciones –cuando Tesorería podría haber programado esa alerta– le permitirá alegar que no ha habido mala fe por su parte y oponerse al recargo.
Para aplicar las bonificaciones previstas para el contrato en prácticas es necesario que el trabajador esté inscrito como desempleado.
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