Sabia Vd....
Acuerdo laboral de ámbito estatal para el sector de
la hostelería
En este mes
hemos resumido el Acuerdo Laboral de ámbito estatal que es de aplicación a las
empresas y a los trabajadores y trabajadoras del sector de hostelería.
Estimado/a cliente/a:
A
continuación queremos informarles sobre el resumen del Acuerdo Laboral de ámbito estatal que
es de aplicación a las empresas y a los trabajadores y trabajadoras del sector
de hostelería.
Se incluyen en el sector de hostelería las
empresas, cualquiera que sea su titularidad y objeto social, que realicen en
instalaciones fijas o móviles, ya sea de manera permanente, estacional o
temporal, actividades de alojamiento de clientes en hoteles, hostales,
residencias, viviendas comercializadas con fines turísticos, apartamentos que
presten algún servicio hostelero, balnearios, albergues, pensiones, moteles,
alojamientos rurales, centros de camping y, en general, todos aquellos
establecimientos que presten servicios de hospedaje a clientes; asimismo, se
incluyen las empresas que presten actividades de servicio de comida y bebida
para su consumo por el cliente, en restaurantes, catering, comedores
colectivos, cadenas de restauración moderna; locales de comida rápida:
pizzerías, hamburgueserías, bocadillerías, creperías; cafés, bares, cafeterías,
cervecerías, tabernas, freidurías, chiringuitos de playa, pubs, terrazas de
veladores, quioscos, cruasanterías, heladerías, chocolaterías, locales de
degustaciones, salones de té, «cibercafés», gastrobares, kebabs, ambigús, salas
de baile o discotecas, cafés-teatro, tablaos, billares y salones recreativos,
así como los servicios de comidas o bebidas en casinos de juego y bingos.
La citada relación no es exhaustiva, por lo que es
susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en
ella que figuren en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas actual
o futura. La inclusión, en su caso, requerirá pacto previo de la Comisión
negociadora de este Acuerdo.
Este Acuerdo se suscribe con vocación de
permanencia y estabilidad normativa convencional. Las partes acuerdan un nuevo
periodo de vigencia del Acuerdo, desde el día 1 de enero de 2015 y hasta el día
31 de diciembre del año 2019.
Durante la vigencia citada en el párrafo anterior,
se incorporarán al texto articulado del presente Acuerdo, los pactos que se
alcancen en el procedimiento de revisión y negociación continua consensuado
entre las partes representativas de este ámbito estatal sectorial de
hostelería.
Si tienen alguna duda, pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para su resolución o para
cualquier aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
Comentarios
Publicar un comentario
Gracias por su apreciable colaboracion, lo antes posible le contestaremos. El Grupo de Colaboradores de Estudio Juridico 4,S.L., Calle Luz Casanova,12,46009 Valencia. Tel 963689510 email: ej4@estudiojuridico4.es