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¿QUE HACEMOS ANTE UNS INSPECCION DE TRABAJO?

Sabia Vd....
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE RECIBIR LA VISITA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO
 Los inspectores de trabajo se pueden presentar en nuestras instalaciones sin haber preavisado con antelación. En caso de que esto ocurra, se deberá notificar la situación inmediatamente al director de recursos humanos o al responsable del centro de trabajo. Si en el momento de recibir la visita del inspector ni el director de recursos humanos ni el responsable del centro de trabajo están en las instalaciones, se deben tener en cuenta los siguientes puntos a la hora de atender a la Inspección:  Cuando el inspector acceda a nuestras instalaciones, se deberá identificar. Para ello dispone de un carné que acredita su cargo.  Se deberá entregar al inspector el libro de visitas del centro de trabajo. Este libro se utiliza para que la Inspección pueda anotar las comprobaciones realizadas durante su visita.  Se debe intentar que la Inspección no entorpezca la actividad de nuestra empresa. Para ello, el trabajador del centro de trabajo que ocupe el cargo más alto en la jerarquía de la empresa atenderá al inspector y le acompañará durante la visita. En este sentido, la Inspección puede realizar una revisión física de todo el espacio de trabajo (es decir, puede solicitar el acceso al almacén o a otras salas anexas).  El inspector podrá interrogar o solicitar la identificación de los trabajadores. Si se da este caso, se le deberá atender con corrección.  El inspector puede solicitar documentación de la empresa. Si se trata de información confidencial o de documentación a la que no se tiene acceso (por ejemplo, porque la tiene nuestra gestoría), se le indicará que en ese momento no se puede atender su solicitud. Eso sí, se le remarcará que la empresa se la facilitará con posterioridad a la visita.  En relación con el punto anterior, se debe tener en cuenta que el inspector no puede registrar o buscar por su cuenta la documentación.  Una vez haya finalizado la Inspección, se deberá entregar al director de recursos humanos o al responsable del centro de trabajo el libro de visitas con la diligencia que haya anotado el inspector. 

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