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¿Qué es Cl@ve?
Cl@ve es un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para toda la Administración General del Estado que permitirá al ciudadano acceder a todos los servicios electrónicos de las Administraciones Públicas a través de una plataforma común de identificación y autenticación mediante la utilización de claves concertadas previo registro como usuario en la misma, conforme a lo previsto en la letra c) del artículo 13.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Este nuevo sistema evita a las Administraciones Públicas tener que gestionar sus propios sistemas de identificación y firma, y a los ciudadanos verse obligados a utilizar métodos de identificación diferentes para relacionarse electrónicamente con la Administración.
Cl@ve contempla la utilización de sistemas de identificación basados en claves concertadas y certificados electrónicos (incluyendo el DNIe)
En cuanto a claves concertadas, el sistema admite dos posibilidades de uso:
El registro en Cl@ve podrá efectuarse :
Los ciudadanos registrados previamente en el censo PIN24H podrán registrarse en el sistema Cl@ve cuando vayan a solicitar un PIN para la realización de un trámite en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, deberán aportar su número de teléfono móvil, una dirección de correo electrónico y su documento de identidad con mención de la fecha de caducidad, así como aceptar las condiciones de alta en el sistema Cl@ve.
Si por el contrario, el contribuyente no desea incorporarse de momento al sistema Cl@ve, podrá solicitar su PIN a los efectos de realizar trámites electrónicos exclusivamente con la Agencia Tributaria.
¿Qué es Cl@ve?
Cl@ve es un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para toda la Administración General del Estado que permitirá al ciudadano acceder a todos los servicios electrónicos de las Administraciones Públicas a través de una plataforma común de identificación y autenticación mediante la utilización de claves concertadas previo registro como usuario en la misma, conforme a lo previsto en la letra c) del artículo 13.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Este nuevo sistema evita a las Administraciones Públicas tener que gestionar sus propios sistemas de identificación y firma, y a los ciudadanos verse obligados a utilizar métodos de identificación diferentes para relacionarse electrónicamente con la Administración.
Cl@ve contempla la utilización de sistemas de identificación basados en claves concertadas y certificados electrónicos (incluyendo el DNIe)
En cuanto a claves concertadas, el sistema admite dos posibilidades de uso:
- Cl@ve ocasional (Cl@ve PIN), con validez limitada en el tiempo, que se corresponde al sistema PIN24H de la Agencia Tributaria.
- Cl@ve permanente (Personal), con validez dilatada en el tiempo, que se corresponde con el sistema de acceso mediante usuario y contraseña, reforzado con claves de un solo uso por SMS, aplicable a los servicios de la Seguridad Social.
¿Cómo y dónde registrarse
en Cl@ve?
Para utilizar los sistemas de identificación y autenticación
incluidos en Cl@ve existirá un único registro, donde el ciudadano deberá
registrarse en una sola ocasión. El registro en Cl@ve podrá efectuarse :
- Con certificado electrónico o DNIe
- A través de Internet con carta invitación de la Agencia Tributaria donde figure el CSV
- Presencialmente en cualquiera de las Oficinas de Registro, inicialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria y en las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
En el caso de la Agencia
Tributaria:
A partir del 17 de noviembre de 2014 el sistema de PIN24H cambia
su denominación por la de Cl@vePIN24H. Los ciudadanos registrados previamente en el censo PIN24H podrán registrarse en el sistema Cl@ve cuando vayan a solicitar un PIN para la realización de un trámite en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, deberán aportar su número de teléfono móvil, una dirección de correo electrónico y su documento de identidad con mención de la fecha de caducidad, así como aceptar las condiciones de alta en el sistema Cl@ve.
Si por el contrario, el contribuyente no desea incorporarse de momento al sistema Cl@ve, podrá solicitar su PIN a los efectos de realizar trámites electrónicos exclusivamente con la Agencia Tributaria.
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